En los ítems de selección única si se pueden evaluar habilidades, sin embargo la DGEC brindará la información oportunamente.
Se elaboran bajo el modelo basado en criterios. Son elaboradas por el equipo técnico del Departamento de Evaluación Académica y Certificación (DEAC) de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad (DGEC).
Las pruebas nacionales FARO contemplan las habilidades y aprendizajes esperados al finalizar el quinto año de la Educación General Básica y el décimo o undécimo año, según corresponda a la modalidad académica y técnica, de la Educación Diversificada.
La persona estudiante que no obtenga la calificación mínima de 70 en: Matemática, Ciencias, Estudios Sociales y Español de bachillerato, deberá repetir las Pruebas Nacionales FARO el siguiente año, en aras de incrementar el respectivo porcentaje. Además, tendrá como opción repetir aquellas otras asignaturas de la oferta educativa en las que desee mejorar sus calificaciones (en este caso, se le consignarán para efectos de bachillerato las calificaciones más altas obtenidas).
La DGEC estará comunicando oportunamente estas fechas.
Según el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes del MEP, solo en casos justificados en el reglamento se le permitirá presentar la prueba.
El estudiante deberá aplicarlas por cuanto son requisitos para obtener el respectivo diploma, al mismo tiempo que, sí tiene un peso porcentual en la calificación final al concluir la Educación Diversificada, o bien, el I y II Ciclos.
Las pruebas FARO contempla las particularidades de las diferentes ofertas educativas.
En el 2020, la Pruebas Nacionales FARO se aplicarán en Matemáticas, Español, Ciencias (Biología. Química y Física).
La población estudiantil debe realizar las Pruebas Nacionales FARO con carácter obligatorio en el décimo año de la modalidad académica (diurnos y nocturnos) y en el undécimo año de la modalidad técnica.